lunes, 6 de febrero de 2012

Miembros del Directorio del INCOP

Miembros del Directorio del INCOP (LOSNCP)

Art. 11.- Directorio.- El Directorio del Instituto Nacional de Contratación Pública estará integrado por:

1. El Ministro de Industrias y Competitividad, quien lo presidirá y tendrá voto dirimente;

Mediante D.E. 1558 (R.O. 525, 10-II-2009) se reemplazó al "Ministerio de Industrias y Competitividad" por el "Ministerio de Industrias"; este fue renombrado, nuevamente, como "Ministerio de Industrias y Productividad" mediante D.E. 1633 (R.O. 566, 8-IV-2009).

2. La máxima autoridad del Organismo Nacional de Planificación;

3. El Ministro de Finanzas;

4. El Alcalde designado por la Asamblea General de la Asociación de Municipalidades del Ecuador; y,

5. El Prefecto designado por el Consorcio de Consejos Provinciales del Ecuador, CONCOPE.

Actuará como Secretario el Director Ejecutivo del INCP, quien intervendrá con voz pero sin voto.

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